domingo 23 de octubre de 2011

Tarde de domingo otoñal....

Tranquil@s, que nadie se alarme, hoy no voy a fastidiaros la sobremesa del domingo con actualizaciones, Boletines Oficiales del Estado, entradas en vigor...Que no cunda el pánico. 

Hoy simplemente os voy a "invitar" a relajaros hojeando algunos recursos informativos que pueden ser de vuestro interés.

En primer lugar, os invito a visualizar el siguiente vídeo, realizado por el Consejo General del Poder Judicial, y que nos muestra cómo la Escuela Judicial española se halla a la cabeza de las innovaciones en materia de enseñanza. Una prueba de ello es la actividad de "Micro Relatos", desarrollada a lo largo de una semana, la semana de deontología y valores.

"Queremos que el alumno sea consciente de que los principios no tienen por qué ser innatos a la persona, que los principios, los valores, se aprenden, se desarrollan, se forman", explica Marta Fernández, profesora de la Escuela Judicial, magistrada y coordinadora de este programa. "El juez no nace como tal, se forma como tal. Y se empieza a formar en la Escuela Judicial".
En este vídeo se explica cómo funciona.




Además, si sois como yo, que aprovecha el domingo para leer la prensa, cosa que no puedo hacer diariamente, os recomiendo echar un vistazo a la sección del Diario La Razón de hoy "Para que haya Justicia", con artículos de personajes relevantes tanto del panorama judicial como ciudadano. Al margen de que estemos o no de acuerdo con lo que se plantea en esas líneas, debemos ser Ciudadanos informados, de lo contrario no tendremos base suficiente para sacar nuestras propias conclusiones y, a buen seguro, serán equivocadas.

Dice Peter A. Facione que "El pensador crítico ideal es una persona habitualmente inquisitiva; bien informada, que confía en la razón; de mente abierta; flexible; justa cuando se trata de evaluar; honesta cuando confronta sus sesgos personales; prudente al emitir juicios; dispuesta a reconsiderar y si es necesario a retractarse; clara respecto a los problemas o las situaciones que requieren la emisión de un juicio; ordenada cuando se enfrenta a situaciones complejas; diligente en la búsqueda de información relevante; razonable en la selección de criterios; enfocada en preguntar, indagar, investigar; persistente en la búsqueda de resultados tan precisos como las circunstancias y el problema o la situación lo permitan."

Pasad una buena tarde de domingo.

martes 18 de octubre de 2011

Consolidando y Actualizando la Ley de Enjuiciamiento Civil...

Finalizada la vorágine de producción legislativa con la que ha concluido la presente legislatura, una vez disueltas las Cámaras y convocadas Elecciones Generales, llega el momento de poner nuestros Códigos al día.

En tiempos de crisis como los que corren, la actualización manual de los Códigos, Boletín Oficial del Estado en mano, puede ser la mejor opción si no queremos que nuestro maltrecho bolsillo sufra las consecuencias del frenesí legislativo desenfrenado que han sufrido las Cortes Generales en los últimos meses. Para nosotr@s, los opositores, al ahorro se le añade una ventaja adicional: Que, a la vez que actualizamos la Ley, vamos tomando conocimiento de los preceptos que han sido modificados, la ratio legis de la reforma, y de las partes del temario que, posteriormente, tendremos que adaptar a la nueva regulación.

En este mes hay que destacar la publicacion, en el BOE n.º 245, de 11 de octubre, de tres normas muy importantes: 

  • La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, con entrada en vigor a los dos meses de su publicación, con la salvedad indicada en su Disposición Final Séptima, apdo. 2. Dicha norma deroga el Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, antiguo Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
  • La Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal con entrada en vigor a los 20 días de su publicación, que introduce modificaciones en el proceso penal (tratamiento procesal de las personas jurídicas), civil (con importantes cambios en los desahucios y en el sistema de recursos) y en el proceso contencioso-administrativo (en materia de costas, abreviado y recursos entre otras).
  • La Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, con entrada en vigor el 1 de enero de 2012, salvo el nuevo art. 5 bis; las modificaciones que afectan al art. 15; a los apdos. 6 y 7 del art. 71; al n.º 11 del apdo. 2 del art. 84, al n.º 6.º del art. 91 y a la Disposición Adicional Cuarta, todos ellos de la Ley Concursal, que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
En esta entrada me voy a limitar a la actualización de la Ley de Enjuiciamiento Civil; tras enumeraros las distintas modificaciones operadas y su fecha de entrada en vigor, os la dejaré en PDF, concordada, actualizada y lista para descargar.

LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL

La redacción vigente actual, a fecha 18 de octubre de 2011, data del 26 de septiembre de 2011, cuando entró en vigor la última reforma que le afectó: la operada por la disp. final 3 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Crédito al Consumo, que modificó el art. 519.

Y dicha redacción se mantendrá vigente sólo hasta el 30 de octubre de 2011, pues el día 31 entrará en vigor la reforma que opera la, citada "ut supra", Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal, mucho más sustanciosa que la anterior, pues reforma: 

  • art. 4. 1: modifica art. 22 ap. 4.
  • art. 4. 2: modifica art. 26 ap. 2. 1º.
  • art. 4. 2: añade art. 26 ap. 2. 9º.
  • art. 4. 3: añade art. 241 ap. 1.7º.
  • art. 4. 2: modifica art. 26 ap. 2. 8º.
  • art. 4. 4: modifica art. 250 ap. 1.11º.
  • art. 4. 6: modifica art. 440 ap. 3.
  • art. 4. 7: modifica art. 441 ap. 4 párr. 1º.
  • art. 4. 9: modifica art. 454 BIS ap. 1.
  • art. 4. 18: modifica art. 478.
  • art. 4. 17: modifica art. 477 ap. 2.
  • art. 4. 16: modifica art. 473.
  • art. 4. 15: modifica art. 471.
  • art. 4. 14: modifica art. 470.
  • art. 4. 13: modifica art. 463 ap. 1.
  • art. 4. 12: modifica art. 458.
  • art. 4. 11: deja sin contenido art. 457.
  • art. 4. 10: modifica art. 455 ap. 1.
  • art. 4. 26: modifica art. 535 ap. 2.
  • art. 4. 25: modifica art. 527 ap. 1.
  • art. 4. 24: modifica art. 517 ap. 2.9º.
  • art. 4. 23: modifica art. 495.
  • art. 4. 22: modifica art. 483 ap. 2.1º.
  • art. 4. 21: modifica art. 481 ap. 1.
  • art. 4. 21: modifica art. 481 rúbrica.
  • art. 4. 20: deja sin contenido art. 480.
  • art. 4. 19: modifica art. 479.
  • art. 4. 34: modifica art. 744 ap. 1.
  • art. 4. 33: modifica art. 651 rúbrica.
  • art. 4. 33: modifica art. 651.
  • art. 4. 32: modifica art. 617 ap. 1.
  • art. 4. 31: modifica art. 599.
  • art. 4. 30: modifica art. 579.
  • art. 4. 29: modifica art. 563 ap. 1.
  • art. 4. 28: modifica art. 556 ap. 1.
  • art. 4. 27: modifica art. 548.
  • art. 4. 21: deja sin contenido art. 481 ap. 4.
  • art. 4. 38: modifica disp. final 16.
  • art. 4. 37: añade disp. adic. 6.
  • art. 4. 36: modifica art. 812 ap. 1.
  • art. 4. 35: añade art. 753 ap. 3.
  • art. 4. 8: modifica art. 449.
  • art. 4. 6: añade art. 440 ap. 4.
  • art. 4. 5: modifica art. 439 ap. 4.
Luego, esta redacción permanecerá vigente tan sólo hasta el 31 de diciembre de 2011, pues el 1 de enero de 2012 entrará en vigor la reforma operada por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal. Aunque, esta vez, sólo la modificación del art. 568 ap. 2.

Y, por último, sólo mencionar que, una vez más, esta redacción sólo permanecerá vigente hasta el 27 de marzo de 2012, pues el 28 de marzo entrará en vigor la modificación operada por el Real Decreto-ley 12/2011 para la aplicación del Convenio Internacional sobre embargo de buques y otras materias.

La siguiente reforma, que entrará en vigor en 2014, ya nos queda demasiado lejos como para ser objeto de este post.

A continuación os podéis descargar, en formato PDF, concordada, consolidada y actualizada, la Ley de Enjuiciamiento Civil en su redacción vigente hasta el 30 de octubre de 2011. A partir del 31 de octubre tendréis disponible el nuevo texto concordado, consolidado y actualizado.

 

jueves 13 de octubre de 2011

La Nueva Metodología de Formación en la Escuela Judicial: El Caso Abierto Secuenciado



Amig@s, hoy os presento, de la mano de Ramón Casas, Profesor de la Escuela Judicial, la Metodología de Formación de los Jueces en Prácticas en Barcelona, haciendo especial hincapié en un nuevo método innovador: El Caso Abierto Secuenciado; que permite a los jueces en prácticas, gracias a la intranet del Poder Judicial y a las posibilidades que abren las comunicaciones por videoconferencia, seguir un caso "vivo" y real desde sus comienzo hasta el final. 

El vídeo que os presento a continuación fue realizado por el Canal Judicial del Consejo General del Poder Judicial para  para la VI Asamblea General de la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales, celebrada en Cartagena de Indias, Colombia, de la que la Escuela Judicial forma parte.

Ramón Casas, profesor de la Escuela Judicial, explica la metodología que se emplea para formar a los futuros jueces, que se resume en tres: caso cerrado, caso secuenciado cerrado y caso secuenciado abierto.
 
Esta última supone una innovación porque permite a los jueces en prácticas seguir un caso "vivo" y real desde sus comienzo hasta el final. 

Aprovecho para invitaros a que os hagáis fans de la nueva página corporativa del Blog en Facebook; haciendo click en "Me gusta" así recibiréis todas las actualizaciones de estado en vuestros perfiles. Además, en "ÚLTIMAS PUBLICACIONES" podéis ver las últimas entradas publicadas.




También aprovecho para comunicaros una nueva funcionalidad añadida al blog: En la pestaña "Sumario del BOE de hoy" podéis consultar el índice del BOE del día corriente, y pinchar para descargaros, directamente en PDF, el documento que os interese o queráis consultar. Los sumarios del BOE se actualizan diaria y automáticamente.

Ahora sí, a continuación podéis visualizar el vídeo leitmotiv de la actual entrada:


Ánimo con el estudio y un fuerte abrazo a tod@s

sábado 8 de octubre de 2011

Inaguración del Seguimiento Estadístico del 2º Ejercicio 2011/2012 y actualización a 8 de octubre de 2011

Amig@s y comapañer@s: Hoy, por segundo año consecutivo, inaguro la Sección de "Seguimiento Estadístico del 2º Ejercicio" correspondiente a la Convocatoria de 2011, alojada en una de las pestañas superiores, y que me propongo actualizar, siempre que pueda, con periodicidad semanal.

La estadística está elaborada con los datos proporcionados por las actas  de sesión de los distintos Tribunales, hechas públicas en el tablón de anuncios, tal y como expresa el 9º apartado de la Base G2 de la Convocatoria vigente.

En la mencionada Sección podréis, a fecha de la actualización, encontrar el Nº de Aspirantes examinados por cada Tribunal, el porcentaje que representan del total asignado a ese Tribunal, el Nº de Aprobados, el porcentaje que representan y la nota media de los aprobados de cada Tribunal.

Si encontráis cualquier error aritmético-material ruego me lo comuniquéis, y lo subsanaré a la mayor brevedad posible.

Debo remarcar el carácter meramente orientativo de la Información Estadística que ofrezco, elaborada por mí a partir de las Actas de cada una de las Sesiones de  los distintos Tribunales. Y, a pesar de que he procurado asegurarme de los resultados que publico, no estoy exento, dada mi condición humana, de haber cometido algún error...del cual, en caso de apreciarse, pido disculpas por adelantado. Hago esta última apreciación porque los resultados que ofrezco pudieran contener alguna mínima "desviación" con la página del Ministerio de Justicia que publica la Nota Informativa de las sesiones del segundo ejercicio en cuanto al número de aprobados; así como con las medias calculadas por algunos compañer@s para concretos tribunales y publicadas en los foros. No obstante, he preferido seguir mi propio criterio, a salvo, reitero, de los errores que hubiera podido cometer.

Mucho Ánimo con el estudio y un fuerte abrazo a tod@s.

Añadidas 143 nuevas cuestiones tipo test sobre el Título II CE, De la Corona, en la pestaña "Test Constitución Española". Gracias por tu visita:-)
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