sábado 31 de diciembre de 2011

Actualización Extraordinaria: Para el R.D. de Medidas Urgentes en materia económica y presupuestaria Justicia SÍ es Servicio Público Esencial.

Amig@s y compañer@s, escribo esta entrada extraordinaria, a la luz de los acontecimientos de las últimas horas, con el fin de arrojar un poco de luz en la confusión e incertidumbre que han sumido a la comunidad opositora las medidas aprobadas por el Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes en materia Económica y Presupuestaria, de prórroga de Presupuestos y acuerdo de no disponibilidad, aprobado en la jornada de ayer por el Consejo de Ministros.

A continuación expongo las razones por las que creo que deberíamos estar muy satisfechos, y que demuestran, que aunque la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, no lo haya dicho expresamente, los datos demuestran que para el Ejecutivo el ámbito de Justicia es Servicio Público Esencial.

Para seguir un orden cronológico en la narración de los hechos, hay que comenzar diciendo que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial aprobó, el pasado 29 de diciembre (víspera de la aprobación por el Consejo de Ministros de la prórroga Presupuestaria) un acuerdo por el que trasladaba, entre otros puntos, al Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón: 

"La necesidad de dotar de continuidad a la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en la carrera judicial, en consonancia con las conclusiones del estudio sobre la situación de los órganos unipersonales y colegiados asumido por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el mes de junio pasado. Se tiene en cuenta a tal efecto que la paralización de los procesos selectivos indicados produciría sus efectos en los tres años siguientes, sin olvidar que el exceso de carga de trabajo que actualmente soportan los órganos judiciales requiere el aumento de Jueces y Magistrados".


Declaración de intenciones del órgano llamado a Convocar las Pruebas Selectivas para el acceso a las Carreras Judicial y Fiscal en 2012, y reclamación al Ejecutivo para que le dotase Presupuestariamente.

Como ya tod@s sabéis, en la jornada de ayer el Consejo de Ministros dió luz verde al Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes en materia Económica y Presupuestaria, de prórroga de Presupuestos y acuerdo de no disponibilidad. En él se contemplan medidas extraordinarias y no previstas, debido a que el déficit real de la economía española en 2011, lejos del 6% presupuestado por el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, se va a situar en un catastrófico 8%. Como consecuencia, el Gobierno se ha visto obligado a realizar un recorte de 8.900 millones de €, mucho más de los 4.600 millones que ya tenía previsto.

Y cuál es mi sorpresa cuando ayer, después de que regresé del Preparador, me encuentro con una mezcla de histeria colectiva-ansiedad-deseperación entre la comunidad opositora del ámbito de Justicia, plasmada tanto en redes sociales, foros, páginas....¿A santo de qué? Por favor, demostremos un mínimo de cordura en el análisis de los datos, y que conocemos el funcionamiento de aquello a lo que opositamos.

1. En el ámbito estrictamente Presupuestario, Justicia se confirma como Servicio Público Esencial.

Efectivamente, según el Real Decreto aprobado ayer, el Ministerio de Justicia ve reducida su asignación presupuestaria en 48 millones de euros. ¡La 2ª menor reducción de todas las áreas! Al Ministerio de Educación se le reducirá el presupuesto en 485 millones; a Empleo, 439 millones; a Hacienda, 432 millones; a Sanidad, 409 millones; a Agricultura, 401 millones; a Defensa, 340 millones; a Interior, 163 millones...¿Se puede saber de qué nos quejamos?

2. La reducción del Presupuesto del Ministerio de Justicia para 2012 será de 48 millones de euros, mientras que la reducción que sufrió el Presupuesto de 2011 con relación al de 2010 fue de 125 millones de euros. 

Sí, con los datos en la mano, este 2011 el presupuesto de Justicia ya sufrió una reducción importante de los 1.805 millones del año anterior a los 1.680 de este ejercicio; en el que, recordemos, se convocaron 400 plazas de Jueces y Fiscales. Vuelvo a repetir, ¿de qué nos quejamos?

3. Pero es que, por si fuera poco, la Sección Presupuestaria asignada al CGPJ, independinte del Ministerio de Justicia y órgano convocante de las pruebas selectivas de Jueces y Fiscales, se mantiene al 100%. El Acuerdo de No Disponibilidad para el CGPJ es 0. 

Por enésima vez, ¿De qué nos quejamos?


4. La Tasa de reposición 0 de empleo público en Justicia será de la parte del empleo público que entra en la OEP (Secretarios Judiciales, que se acaba de Convocar, y Auxilio, Tramitación y Gestión, que está un proceso selectivo en curso) PERO NO JUECES Y FISCALES, que lo Convoca el Consejo General del Poder Judicial.

A vosotr@s, compañeros, amigos y lectores que opositáis para los Cuerpos de la Administración de Justicia que entran dentro de la OEP, os quiero decir que no os preocupéis, sino "ocupáos" en la Convocatoria en curso, que se desarrollará a lo largo del 2012, y que ni siquiera miréis estos datos.

Habría otros muchos datos que dar, pero por hoy, basta con esta entrada extraordinaria y urgente para un Real Decreto e Medidas Extraordinarias y Urgentes:-)

A tod@s, no os preocupéis más de lo necesario. Mucho Ánimo, a esperar acontecimientos, y a centrarse en las Convocatorias que tenemos en curso.

Feliz entrada y salida de año, y que el 2012 muchos de vosotr@s veáis cumplidos vuestros sueños.

Un fuerte abrazo.

miércoles 28 de diciembre de 2011

Primer Sorteo del Niño "Opositor a Judicatura".

Con motivo de la llegada del 2012 y para celebrar la espectacular acogida que está teniendo este blog (ya ha sobrepasado las 130.000 páginas vistas y está a punto de alcanzar los 68.000 visitantes únicos), voy a celebrar el 

SORTEO DEL NIÑO
"OPOSITOR A JUDICATURA"

 Aunque estemos a 28 de diciembre, no es ninguna inocentada, jeje.

Se sorteará, entre todos los perfiles que se hayan hecho fans la Página de Facebook (pulsar en "Me gusta") hasta las 23:59 horas del 4 de Enero de 2012 un pack de Actualidad Jurídica formado por:

1 Ejemplar ebook del nº 166 (diciembre) de la Revista Iuris, Actualidad y Práctica del Derecho, Ed. La Ley. 84 páginas de toda la actualidad jurídica, aquí podéis visualizar el índice.

1 Ejemplar ebook del especial "REFORMA CONCURSAL", Ed. La Ley, con  motivo de la operada por la Ley 38/2011, de 10 de octubre. Consta de 224 páginas, con el siguiente índice:
-Algunas consideraciones sobre la reforma de la Ley Concursal, por José María FERNÁNDEZ SEIJO.
-Tabla comparativa Ley Concursal. Redacción posterior vs. redacción anterior a la reforma.
-Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (texto consolidado vigente a partir del 1 de enero de 2012).
-Índice analítico de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

1 Ejemplar ebook del especial "REFORMA DE LAS PENSIONES", Ed. La Ley, 353 pág., con el siguiente índice:
-La Ley que reforma las pensiones: sin sorpresas pero con algunas novedades.
-Tabla comparativa: Ley General de la Seguridad Social-modificaciones por la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
-Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
-Ley General de Seguridad Social. Texto consolidado.

Pack valorado en 40€, que se sorteará de acuerdo con las siguientes Bases:

BASES DEL SORTEO

  1. Participarán, automáticamente, todos los perfiles reales que se hayan hecho fans de la Página de Facebook hasta las 23:59 horas del 4 de Enero de 2012. Se presume la mayoría de edad y plena capacidad de obrar de sus titulares. Sólo se permite un perfil por participante.
  2. A lo largo del 5 de Enero de 2012 se publicará, aquí, en una nueva entrada del blog, la lista de todos los seguidores, y numerada aleatoriamente según la aplicación de MySort.net para facebook.
  3. Será ganador el perfil de facebook cuyo número aleatorio coincida con las tres últimas cifras del Primer Premio del Sorteo de El Niño de la Lotería Nacional, que se celebrará el día 6 de Enero, desde el teatro Falla de Cádiz. Por ejemplo, para que el número 1 sea el ganador, la terminación del Primer Premio debe ser 001, para que lo sea el 11, 011, y así sucesivamente.
  4. El Ganador deberá proporcionarme Nombre y Apellidos y dirección de correo electrónico donde desea que se le envíe el Premio. Al proporcionar estos datos, el afortunad@ acepta, sin reservas, la totalidad de condiciones generales del Sorteo. El autor se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de tratarlos con confidencialidad, y asume, a estos efectos, las medidas de índole técnica, organizativa y de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás legislación aplicable. Derechos de acceso, cancelación y rectificación de acuerdo con las condiciones legales del sitio web
  5. En el caso de que el perfil afortunado renuncie al premio, o no sea localizado en el plazo de 48 horas, será nuevo Ganador el perfil de facebook cuyo número aleatorio coincida con las tres últimas cifras del Segundo Premio del Sorteo de El Niño de la Lotería Nacional, siguiéndose el mismo procedimiento de entrega. Si éste también renunciase o no fuese localizado, el sorteo quedará desierto.
  6. En particular, el agraciado se compromete a no vulnerar los derechos de Propiedad Intelectual de la Ed. La Ley, y, en especial, a no publicar, distribuir o comunicar públicamente los ejemplares de que consta el Premio, y acepta, sin reservas, la cláusula de Propiedad Intelectual que se contiene en cada una de ellas.  A estos efectos, la dirección IP desde la que se efectúa la descarga queda registrada.
  7. El Autor, queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados por los propios agraciados que impidiera su identificación. Igualmente no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos o cualquier otra circunstancia imputable a correos que puedan afectar al envío de los premios.
  8. El autor excluye cualquier responsabilidad pordaños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcinamiento de los servicios mediante los que se participa en la promoción, a la defraudación de lutilidad que los usuarios hubieren podido atribuir a los mismos, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
  9. El Autor se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin de la Promoción cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la forma en que recogen las presentes bases.  
  10. El autor se reserva el derecho a aplazar o ampliar el período de la Promoción, así como la facultad de interpretar las presentes bases legales. Igualmente, se reserva el derecho de acortar, prorrogar, modificar o cancelar esta promoción, si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización, comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los participantes en la promoción.
  11. El autor no será responsable de los retrasos, pérdidas o deterioros por causas que no le sean imputables.Tampoco responderá de los casos de fuerza mayor que pudieran impedir al ganador el disfrute total o parcial de su premio. Asimismo, quedará exento de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen ocasionarse durante el disfrute del premio. Excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal  de disponibilidad  o de continuidad del funcionamiento de la Web.
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